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Aforos máximos del 50% en el ocio nocturno y del 60% para la hostelería en las comunidades de bajo riesgo

Estas son las medida de las Declaración de Actuaciones Coordinadas frente a la COVID19 aprobada por las comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial: OCIO NOCTURNO: La apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar cuando la situación epidemiológica de la unidad territorial de referencia para el control de la COVID-19 de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el local esté fuera de los niveles de riesgo…