La Confederación de Empresarios de Cuenca reseña los días inhábiles con el fin de que las empresas las tengan encuentra a la hora de cumplir con los trámites administrativos.
Así, el Departamento Jurídico de la organización empresarial, con la colaboración de Globalcaja, se ha hecho eco de la resolución ya publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha en el que se señala este calendario para la administración de Castilla-La Mancha para 2023.
De este modo, y cumpliendo con la Ley de Procedimiento Administrativo Común, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha ha establecido estas normas que valdrán para cualquier administración de carácter autonómico para establecer los plazos.
Por lo tanto, en concreto tendrán consideración de días inhábiles para la administración todos los sábados y domingos del año, así como los catorce festivos establecidos en cada localidad.
De este modo, no serán días hábiles el 6 de enero (epifanía del señor), 6 y 7 de abril (Jueves y Viernes Santo), 1 de mayo (fiesta del Trabajo), 31 de mayo (Día de Castilla-La Macha), 8 de junio (Corpus Christi), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Constitución), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), 25 de diciembre (Natividad del Señor), a los que habrá que sumar las dos fiestas locales de cada municipio.
Otras administraciones
Para conocer los días inhábiles en el resto de comunidades autónomas, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, publicó en el BOE del pasado 16 de diciembre de 2022 el listado con el que se establece, a efecto de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en al ámbito de la administración General del Estado para 2023 y también en las diferentes regiones. Para el ámbito local, la Consejería de Economía Empresas y Empleo, ha publicado el acuerdo de la Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo por el que se determinan los festivos locales en la provincia.
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