El Comité Nacional de Derechos y Garantías del Partido Popular ha rechazado uno de los recursos presentados por un afiliado de la formación contra el acuerdo adoptado por la nueva gestora para la constitución de un nuevo Comité Ejecutivo Provincial, al entender que vulnera los estatutos del partido.
A pesar de esta desestimación, desde el grupo crítico con la gestora de Martín-Buro celebra, en nota de prensa, que el Ejecutivo Nacional reconozca que la gestora no puede nombrar órganos colectivos, como es el Comité provincial y que cualquier prórroga del periodo de transitoriedad, como el que supone la dirección de una gestora, “deberá encontrar motivación suficiente en circunstancias debidamente acreditadas”, algo que consideran que no ha ocurrido en este caso.
El acuerdo del Comité Nacional de Derechos y Garantías, consultado por Enciende Cuenca, recuerda que este afiliado denunció los acuerdos de la gestora ante el órgano regional, que archivó la reclamación con el voto de todos los miembros presentes excepto el de la diputada conquense Ana Cantarero, que se abstuvo, si bien instó a la Gestora a utilizar, en sus comunicaciones, la denominación recogida en los estatutos nacionales.
El afiliado elevó su denuncia entonces al Comité Nacional, que en su resolución considera que las prácticas que hizo el órgano regional “fueron suficientes para resolver la cuestión planteada”.
Respecto a las competencias de la gestora, el departamento de Derechos y Garantías confirma que “la facultad de la Comisión Gestora se extiende al nombramiento de los cargos orgánicos individuales del Partido en su ámbito territorial y a la organización funcional interna durante el período transitorio, sin que ello la habilite para constituir, ex novo, un Comité Ejecutivo Provincial como órgano colegiado con vocales electos, función que corresponde exclusivamente al Congreso Provincial.
Sin embargo, el Comité no aprecia exceso competencial en los acuerdos impugnados, porque se circunscriben a ámbitos en los que sí tendría competencia la gestora: el nombramiento de cargos orgánicos individuales y la creación de estructuras internas de trabajo.
“Los acuerdos de 4 de diciembre de 2025 se adoptaron en ejercicio de competencias de nombramiento y organización interna estatutariamente atribuidas a la Gestora, sin que quepa equipararlos a la constitución de un órgano colegial de gobierno electo”, añade, el Comité de Garantías, que no aprecia vulneración estatutaria.
Finalmente, en cuanto a la duración del proceso transitorio, el Comité considera que es una cuestión que excede del recurso, aunque sí que recuerda, como ha señalado el grupo crítico, la necesidad de motivar la prórroga de la transitoriedad. Por todo ello, desestima el recurso.
El grupo crítico interpreta este acuerdo con el mensaje de que “el PP nacional no da por válido el Comité Ejecutivo” y crítica que en la página web de los populares conquenses siga habiendo una nota en la que se habla de la constitución de un comité provincial.
En cuanto a la falta de convocatoria del congreso, “todavía no se nos ha dado explicaciones a los afiliados de por qué llevamos soportando a una gestora más de siete meses ni las causas de esta decisión por parte del Partido Popular nacional”.
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