Empresas

Las empresas de hostelería de Cuenca reciben una circular sobre la aplicación del nuevo convenio

La Agrupación de Hostelería de Cuenca avisa de que ya se ha publicado el convenio del sector de hostelería para la provincia de Cuenca y por este motivo, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca ha enviado una circular a los empresarios del sector para su aplicación.

De este modo, una vez publicado el 24 de febrero ya queda establecido el marco de relaciones laborales para este sector que engloba a unas 1.800 empresas y 6.000 trabajadores en la provincia.

Este convenio colectivo tendrá una vigencia por un período de tres años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, si bien el incremento salarial para 2022 se aplicará desde el 1 de octubre de este año.

Condiciones

Este convenio fija subidas salariales para los próximos años del 3% para 2022 sobre las tablas de 2021 conefectos desde el 1 de octubre de 2022, del 2% para el año 2023 sobre las tablas de 2022 y del 2% en 2024 sobre las tablas salariales del 2023.

Además, el convenio establece una cláusula de actualización de salarios para 2025, de manera que parael caso de que la suma del IPC interanual de los años 2023 y 2024 supere el 4%, se procederá a actualizar las tablas del año 2024 con efectos al 1 de enero de 2025, hasta un máximo del 2,5 %, y sin que esta actualización genere atrasos correspondientes a las retribuciones de 2024.

Por otra parte, los atrasos a que dan lugar los incrementos retributivos se abonarán por las empresas junto a la nómina correspondiente al mes siguiente al de la publicación del convenio.

Como novedad importante del convenio negociado, se encuentra la regulación de los nuevos tipos de contratotras la reforma laboral, con especial relevancia del contrato fijo discontinuo. Tras la negociación, se permite la concertación de contratos fijos discontinuos a tiempo parcial, garantizando para este tipo de contratos, un período de actividad de la persona trabajadora del 70% de la media de los últimos 3 años. Además, se ha fijado un protocolo para el llamamiento de las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo.

En materia de formación se ha fijado un mínimo de formación obligatoria para las empresas y personas trabajadoras del sector de 10 horas anuales. Se mantiene del anterior convenio, para el supuesto de que la empresa no cumpla con dicha formación de las personas trabajadoras, el abono del Plus Formación fijado en las tablas salariales.