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Cambios en los contratos formativos con motivo de la reforma laboral

La Confederación de Empresarios de Cuenca informa a través del Servicio FP Empleo de los cambios que se han producido en los contratos formativos con motivo de la reforma laboral.

De este modo se presta esta nueva ayuda a través de este programa que ha puesto en marcha la Confederación Regional de Empresarios (CECAM) con la colaboración de las organizaciones provinciales entre las que está CEOE CEPYME Cuenca y está financiado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a través del Consejo del Diálogo Social y el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

De este modo, están trasladando que los contratos que contemplaba la legislación anterior como contratos en prácticas, contratos para la formación y el aprendizaje y contrato dual para la formación dual universitaria han quedado suspendidos y en su lugar se crea un nuevo contrato formativo con dos modalidades, el contrato de formación en alternancia y el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada a nivel de estudios.

Estos contratos entrarán en vigor el próximo 31 de marzo de 2021, mientras que los contratos vigentes lo estarán hasta la finalización de su duración máxima.

Las personas interesadas en ampliar esta información pueden ponerse en contacto con el Servicio de Asesoramiento FP Empleo en la Confederación de Empresarios de Cuenca, situada en la calle Hermanos Becerril 34 o en el teléfono 969 21 33 15, preguntando por el Departamento de Formación.

Contratos

El contrato de formación en alternancia está destinado a compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

Una de las principales características de este contrato es que se puede formalizar con personas que carezcan de cualificación profesional y equivaldría al antiguo contrato de formación y aprendizaje.

El contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios se corresponde al que se conocía como contrato en prácticas y se formaliza para la obtención de la práctica profesional en una empresa adecuada al nivel de estudios obtenido por la empresa trabajadora.

Este tipo de contrato puede concertarse con quienes estén en posesión de un título universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habilite o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.