Sindicatos

UGT C-LM reclama que los docentes interinos que realizan sustituciones cobren en julio y agosto

En los últimos años, el Sector de Enseñanza de UGT Servicios Públicos, junto a otras organizaciones sindicales, ha logrado que en casi todas las comunidades autónomas se disponga ya de acuerdos para que el profesorado interino perciba los sueldos correspondientes a los meses de julio y agosto, “que les fueron sustraídos con los recortes hacia la Educación llevados a cabo hace una década”. No obstante, todavía existe alguna comunidad en la que se mantiene este recorte, como es la de Castilla-La Mancha. “En esta región el colectivo interino docente sigue estando discriminado respecto a los funcionarios de carrera”, denuncia esta organización en nota de prensa.

Tal y como explica el responsable de UGT Enseñanza Servicios Públicos CLM; Manuel Amigo Carceller “reclamamos que se recuperen las condiciones del cobro del verano anteriores a la anterior crisis económica y se deje de incumplir por parte de la Consejería la promesa de restitución de condiciones laborales para el colectivo de interinos docentes de Castilla-La Mancha”.

Hasta 2011, la tónica general era que las profesoras y profesores contratados al inicio de curso para cubrir una plaza vacante en colegios e institutos estuvieran empleados hasta el 31 de agosto del año siguiente, o hasta el 14 de septiembre, en el caso de enseñanzas medias; es decir, por todo el curso escolar. Por tanto, durante los meses de julio y agosto seguían cobrando normalmente y completaban las tareas de septiembre con los exámenes de recuperación.

A partir del curso 2011-2012, y como consecuencia de la aplicación del RD 14/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, diversas comunidades revocaron ese derecho a cobrar el verano.

A partir de entonces, la situación cambió radicalmente y generó desigualdades importantes, tanto entre los interinos de los distintos territorios, como por el tipo de contrato -por vacante o por sustitución- que suscribían estos docentes o también diferencias respecto a sus compañeros funcionarios de carrera.

A día de hoy, sigue habiendo comunidades en las que las contrataciones si son por sustitución, aunque se trabaje todo el curso, no reconocen a estos trabajadores los derechos económicos y administrativos derivados de esta situación, como es el caso de Castilla-La Mancha

En sintonía con lo establecido en diferentes sentencias del Tribunal Supremo y de algún juzgado de lo contencioso-administrativo, que da la razón al profesorado interino y condena a abonar la totalidad de los salarios de los meses de vacaciones, al considerar que este profesorado cuenta con los mismos derechos que el personal funcionario, el Sector de Enseñanza de UGT exige la homologación de las condiciones económico-laborales del profesorado interino con las del resto de docentes funcionarios de carrera.

UGT plantea también a la Consejería de Educación la necesidad de que hagan extensivas las sentencias que reconocen este derecho, de tal forma que no solo se restituya el pago de los meses de vacaciones que les corresponden por su trabajo anual, sino que también se les reconozcan a todos los efectos los servicios prestados.