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Acuerdo para un nuevo convenio de limpieza de locales y edificios de Cuenca

Representantes de las empresas y trabajadores del sector han llegado a un acuerdo para la firma del nuevo convenio colectivo de limpieza de locales y edificios de la provincia de Cuenca.

De este modo, una vez acercadas las posturas de las partes, el órgano de mediación realizo una propuesta que fue aceptada por patronal y sindicatos, un acuerdo que recoge las condicioneslaborales a las que están sujetas los contratos de trabajadores y trabajadoras del sector hasta el año 2026.

El acuerdo ha sido cerrado por parte de las tres asociaciones empresariales del sector APREL, ASPEL y APEL, con el asesoramiento de CEOE CEPYME Cuenca, con los sindicados UGT y Comisiones Obreras.

La parte empresarial celebra que finalmente, a través del órgano de mediación, ambas partes hayan sido citadas en un nuevo intento de alcanzar un acuerdo tras un dilatado proceso de negociación que fue objeto de paralización e incluso de una huelgaconvocada y celebrada a principios de 2023. 

CEOE CEPYME Cuenca y APREL, como asociación integrada, reiteran que el diálogo social es la mejor forma de alcanzar acuerdos estables y duraderos que ayuden a la resolución de cuantas cuestiones se puedan plantear en el marco de las relaciones laborales.

El convenio provincial de limpieza de edificios y locales de la provincia de Cuenca afecta a cerca de 3.000 trabajadores y trabajadoras en la provincia de Cuenca, la gran mayoría mujeres.

Acuerdo

El acuerdo se cierra por cinco años, concretamente el período comprendido entre los años 2022 y 2026 y establece no solo las retribuciones de los empleados y empleadas del sector, sino también otros aspectos como la jornada de trabajo, licencias y permisos.

En concreto, se fija una subida salarial del 0% para 2022, un 3% en 2023 y 2024, mientras que para los años 2025 y 2026 el incremento salarial será del 3,5%.

En materia de contratación, se establece la posibilidad de celebrar el contrato por circunstancia de la producción (incremento ocasional e imprevisible, siempre que se mantenga la causa, hasta una duración máxima de un año; y para elcontrato fijo-discontinuo se contempla la posibilidad de celebrarlo a tiempo parcial.