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CEOE CEPYME Cuenca informa de las modificaciones en pesos y dimensiones del transporte por carretera

La Confederación de Empresarios de Cuenca indica las modificaciones establecidas tanto en pesos como en dimensiones de cara a trasladárselo a sus empresas asociadas que se dedican al sector del transporte de mercancías por carretera.

En este sentido, ha estudiado los cambios publicados el pasado 23 de julio en el Boletín Oficial del Estado por el que se establecen estas modificaciones en el Reglamento General de Vehículos aprobados por su correspondiente Real Decreto.

Entre otros cambios, se señala que, en el caso de las 44 toneladas, se establece 12 toneladas en el eje motor y 27 en el trídem, pudiendo incrementar el peso en 1 tonelada los de combustible alternativo y en 2 si es de emisión cero.

En el caso de que estos vehículos estén destinados a servicios en entorno urbanos, se podrá superar hasta en un máximo de 1 tonelada artificial, siempre que no supere la tasa máxima admisible técnicamente admisible en el vehículo y la masa por eje máximas permitidas

En el caso de euromodulares de hasta 32 metros y 72 toneladas, no se podrán transportar mercancías peligrosas que requieran paneles de señalización de peligro, entendiéndose por euromodular los vehículos con más de 6 líneas de ejes o al menos 3 módulos.

En lo referente al transporte de madera en rollo se permite hasta 57 toneladas, pero esta misma normativa establece que en recorridos determinados entre provincias limítrofes o en distancias no superiores a 150 kilómetros entre el bosque y la industria forestal más próxima a este bosque, la máxima masa autorizada será de 52 toneladas para los conjuntos de vehículos de 6 o más ejes.

Por otro lado, se permiten hasta 4,5 metros para el transporte de animales vivos, paja, forrajes, y proveedores a industrias a menos de 50 kilómetros en recorridos determinados.

Entrada en vigor

La entrada en vigor de esta norma ya se ha producido para todo el contenido de la orden el pasado 24 de julio, salvo las excepciones indicadas en esta misma norma.

De este modo las masas máximas por eje y las masas máximas autorizadas entrará en vigor el próximo 23 de octubre de este año, incluyéndose aquí las 44 toneladas.

En lo relativo a masas máximas por eje y masas máximas autorizadas por vehículos cisterna entrará en vigor el próximo 23 de enero de 2026, incluyéndose aquí las 44 tonelada sen vehículos cisterna.

En lo que se refiere a la documentación requerida, se podrá circular con las nuevas tasas máximas sin que sea necesario el cambio en la tarjeta de la ITV que se producirá cuando toque pasar la instrucción técnica, siempre que las masas sean igual o superior a las nuevas máximas autorizadas.

En el caso de semirremolques, con anotación de ejes, se anotarán las masas máximas técnicas del vehículo y del acoplamiento como masas máximas autorizadas y, cuando se produzca esta actualización, será cuando el titular debe solicitar que se el expida un nuevo permiso con las tasas máximas.

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